SEGUROS FLOTAS DE VEHÍCULOS

Los seguros de flota de vehículos son para muchas Grandes Empresas, Pymes  y autónomos una garantía de previsión imprescindible. Sus vehículos son una herramienta crucial para el buen funcionamiento del negocio.

Se puede  considerar flota al conjunto de vehículos comerciales, industriales, agrícolas y de dirección con un único tomador o propietario o que, aún siendo varios, pertenezcan a un mismo Grupo Empresarial.

Si su empresa tiene más de diez vehículos, el seguro de flotas le ofrece un programa colectivo de protección adaptado a sus necesidades específicas, buscando las prestaciones, coberturas y servicios que mejor se adaptan a su negocio.

Distinguimos entre garantías principales y complementarias.

Garantías Principales

Pueden ser de estos tipos:

  • Responsabilidad civil obligatoria. Incluye el pago de las indemnizaciones marcadas por la ley por daños ocasionados a terceros.
  • Responsabilidad civil voluntaria. Le permitirá ampliar la garantía de pagos a terceros.
  • Defensa penal, reclamación de daños y gestión de multas. Se garantizan los gastos en los que se pudiera incurrir por la participación en un proceso administrativo, judicial o arbitral, como consecuencia de un accidente de circulación:
    • Gastos de abogados, judiciales y fianzas penales. Con importantes cantidades, que variarán según sean abogados de libre elección o designados por el seguro.
    • Reclamación de daños ocasionados por un tercero.
    • Anticipo de indemnización. Usted podrá recibir un adelanto de la indemnización de los daños sufridos por su vehículo como consecuencia de una colisión.
    • Gestión y tramitación de los descargos de denuncias y recursos administrativos.
  • Asistencia en viaje (km. 0).  Servicios y prestaciones para su vehículo y sus ocupantes, con ocasión de accidente, avería o robo, en sus desplazamientos por España y el extranjero.
  • Accidentes personales. Garantiza el pago de las indemnizaciones por fallecimiento, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor a consecuencia de accidente de circulación con el vehículo asegurado con independencia de quien sea el culpable.

Garantías Complementarias

Distinguimos 11 tipos diferentes:

  • Responsabilidad Civil de la carga: Daños producidos en el transporte de la carga y descarga de la mercancía. Responsabilidad Civil por remolques y por los objetos transportados.
  • Lunas: Reparación de los cristales  de su vehículo en el caso en que se produzca la rotura accidental de los mismos.
  • Robo: Se garantiza  la reposición o reparación de los daños materiales sufridos por sustracción total o parcial del vehículo.
  • Incendio: Se cubren los daños sufridos por su vehículo y sus accesorios como consecuencia de un incendio, así como:
    • Por los daños producidos en el impedimento o extinción del incendio.
    • Gastos ocasionados por el traslado del vehículo u otras medidas adoptadas para protegerlo de un incendio.
  • Daños propios: Se cubren los daños ocasionados a su vehículo como consecuencia de un accidente de circulación. Se puede contratar con o sin franquicia.
  • Retirada de carnet: La posibilidad de cobrar un subsidio mensual en el caso que le sea retirado temporalmente su carnet de conducir.
  • Riesgos Extraordinarios: Reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros por daños personales y materiales, a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • Fenómenos atmosféricos: se cubren los daños producidos a consecuencia de las inclemencias del tiempo.
  • Daños cinegéticos: Daños producidos por el atropello / colisión de un animal doméstico o especies cinegéticas.
  • Vehículo de sustitución: En caso de accidente, robo del vehículo o inmovilización del mismo.
  • Indemnización por paralización del vehículo: indemnización económica durante la reparación de los daños del vehículo asegurado.