SEGURO DE ACCIDENTES

Siempre seguro, estés donde estés.

El seguro de accidentes protege a los usuarios y a los miembros de su familia ante situaciones de invalidez o incapacidad por accidente de cualquier tipo que tengan lugar durante su actividad profesional o en su vida privada.

Diariamente estamos sometidos a la posibilidad de sufrir un imprevisto, que puede cambiar radicalmente nuestra vidas, por lo que proteger convenientemente nuestro bienestar y el de nuestra familia es una prioridad fundamental.

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Dentro del apartado de Seguros de Accidente existe una terminología cuyo significado exacto es necesario aclarar.

Conceptos Seguridad Social

Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual: Ocasiona al trabajador una disminución en su rendimiento normal para dicha profesión, que debe ser superior al 33%, aunque no le impide dedicarse a lo mismo o a otra profesión diferente.

Incapacidad Permanente Total: Impide a la persona realizar dicha profesión, pero puede dedicarse a otra diferente.

Incapacidad Permanente Absoluta: La situación física irreversible y consolidada del Asegurado determina la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional.

Gran Invalidez: La persona necesita la asistencia de otra persona para realizar las Actividades Básicas de la Vida Diaria a causa de pérdidas anatómicas o funcionales.

Conceptos básicos del Seguro de Accidentes

Incapacidad Permanente por accidente: Se considera como tal la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por un accidente, la derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado.

Esta indemnización es exigible cuando la invalidez haya sido reconocida definitivamente, después de la curación completa o cese de todo tratamiento, mediante certificado médico donde se reconozca el estado físico del Asegurado como médicamente definitivo. El importe de la indemnización será el que resulte de aplicar, al capital contratado, el porcentaje señalado en las tablas correspondientes.

Incapacidad Permanente a por accidente de circulación: Se considera como tal la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por un accidente de circulación, la derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado producida en las siguientes circunstancias: como peatón, causada por un vehículo, como conductor o pasajero de un vehículo terrestre, como usuario de transportes públicos: terrestres, acuáticos o aéreos.

Incapacidad Temporal por Accidente: La Compañía pagará un subsidio diario durante los días que el Asegurado permanezca médicamente dado de baja por una Incapacidad Temporal como consecuencia directa de un accidente cubierto por la póliza. Esta cantidad diaria se devengará a partir del día siguiente al de la fecha en que el Asegurado quede incapacitado a consecuencia del accidente y siempre que haya sido declarado médicamente, aplicándose la franquicia pactada que figure en la póliza.

Seguro Accidentes Individual: Las necesidades cambian en función de tus circunstancias personales. Por esta razón, el seguro de Accidentes te da la opción de contratarlo totalmente personalizado, en base a tus circunstancias y necesidades actuales.

Seguro Accidentes Ciclistas: A la hora de montar en bicicleta lo más importante es disfrutar del recorrido, tanto en el campo como por la ciudad. Por ello, es necesario equiparse con los complementos que te garanticen la máxima seguridad. El seguro para bicicletas no pesa ni ocupa espacio; pero siempre te acompaña vayas donde vayas, ofreciéndote la máxima protección a ti y a tu bicicleta.

Actividades Acuáticas: Modalidad especialmente diseñada para los amantes de estas actividades, con coberturas ligadas a la práctica en calidad de aficionado de actividades acuáticas (embarcando, desembarcando, navegando y practicando deportes como natación, buceo, submarinismo hasta 60 metros de inmersión, pesca, surf…) en todo el mundo.

Junior: Dado su momento vital, los jóvenes menores de 18 años se encuentran en una situación muy vulnerable, debido a la práctica constante de distintas actividades, deportes, viajes…; por esta razón, debemos protegerlos.

Seguro Accidentes Colectivo Familiar: Protege la seguridad personal de los miembros del núcleo familiar, en caso de padecer un accidente.

Seguro Accidentes Colectivo Educación, Cultura y Ocio: Creado para garantizar la seguridad personal en caso de padecer un accidente durante la actividad objeto del seguro, y en cualquier lugar del mundo.

Seguro Accidentes Colectivo Viajes: Garantiza tu seguridad personal en caso de padecer un accidente, durante el transcurso de un viaje.

Garantías Básicas

  • Fallecimiento. Un capital en caso de Fallecimiento por accidente.
  • Invalidez Permanente Absoluta o parcial. Un capital en caso de Invalidez Permanente por accidente (según el Baremo de indemnización de la póliza)
  • Asistencia Sanitaria por Accidente. Gastos de Curación, asistencia médica, farmacéutica, traslado, hospitalización, tratamiento y rehabilitación que precise el Asegurado, hasta los límites indicados en el contrato.
  • Gran invalidez

Garantías Complementarias

Fallecimiento e Invalidez Permanente por Infarto de Miocardio o Accidente Cerebro-Vascular. Te garantiza que quedan incluidas dichas afecciones como causa de fallecimiento o Invalidez Permanente Absoluta.

Incapacidad Temporal por Accidente (Baja accidental).

Hospitalización. Te garantiza el pago de un capital diario desde el primer día para el caso de internamiento del asegurado en un hospital por causa de un accidente.

Cirugía Estética. Te garantiza la cobertura de los gastos médicos, honorarios profesionales, estancia y manutención originados por la cirugía estética para corregir la superficie corporal dañada o deformada como consecuencia de un accidente.

Asistencia Personal. Mediante esta garantía se garantizan las siguientes coberturas:

  • Gastos de transporte o repatriación del asegurado fallecido y de los familiares del mismo.
  • Gastos de estancia en el hospital u hotel del acompañante, en caso de hospitalización del asegurado.
  • Gastos de salvamento del asegurado accidentado.

Fallecimiento por atraco, agresión o secuestro

La protección de este riesgo te garantiza tu tranquilidad económica y la de tu familia ante situaciones no esperadas.

Cobertura en todo el mundo las 24 horas del día, en cualquier ámbito de tu vida laboral y privada.

Sin plazos de carencia en la cobertura del seguro. Desde la fecha de efecto designada en el contrato, la póliza y sus garantías tienen plena vigencia, atendiéndose cualquier reclamación de prestación que se produzca dentro de la duración del seguro contratada.