D&O Administradores y Directivos

Porque la toma decisiones que afecta al rumbo de su empresa  ¡es parte del día a día!

Si sucede algo inesperado, no ponga en jaque su patrimonio.

Una decisión estratégica, una falta de adecuación a la legislación vigente, una política de legislación interna no equitativa, la simple aprobación de las cuentas anuales, son situaciones que pueden suponer un riesgo para el administrador, gerente o directivo. Éstos se pueden encontrar en la tesitura de tener que hacer frente a demandas contra su persona que pongan en peligro su patrimonio personal o incluso la viabilidad de la empresa que dirigen. El Seguro de Responsabilidad Civil Administradores y Directivos (D&O) cobra especial relevancia si queremos dejar a salvo nuestro patrimonio privativo.

Un seguro de D&O (directors & officers) protege a los miembros del órgano de administración de una sociedad y a las personas de la empresa que ostentan cargos de dirección, y cuyas decisiones comprometen a la empresa frente a terceros. Es un riesgo que afecta a  PYME y la Gran Empresa, donde el patrimonio está expuesto de un modo especial, porque sus decisiones tienen repercusión directa sobre los activos y resultados empresariales.

Lo explicamos con un ejemplo: El Consejo de Administración de una Empresa decide construir una nueva planta para ampliar el negocio. Debido a una falta de diligencia en la obtención de información, los costes sobrepasaron el presupuesto del proyecto que el Consejo había presentado a los socios, y éstos le reclaman el perjuicio sufrido por su negligencia.

El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital define en ámbito de responsabilidad de estas personas, en los artículos 236 y siguientes: los presupuestos de la responsabilidad, el carácter solidario de la misma, la acción social de responsabilidad, la legitimación subsidiaria de la minoría, la legitimación subsidiaria de los acreedores para el ejercicio de la acción social y la acción individual de responsabilidad.

Se distinguen coberturas para las personas y para la empresa; y garantías principales y complementarias.

Para las personas: Ofrece a los directivos coberturas que proporcionan la tranquilidad necesaria para tomar decisiones y limitar los perjuicios que puedan ocasionar.

Para la empresa: Evita perjuicios económicos a la empresa por las reclamaciones que se produzcan a causa de la mala gestión de los asegurados. El tomador de la póliza debe ser la empresa (pyme o gran empresa).

GARANTÍAS PRINCIPALES

Ampara las indemnizaciones por Responsabilidad Civil de los administradores sociales en el ejercicio de sus funciones al servicio de la sociedad tomadora del seguro, siempre que medie culpa o negligencia en el desempeño de su cargo.

Tienen la consideración de terceros la propia empresa o la sociedad tomadora del seguro; los accionistas, socios o partícipes o una parte de ellos; los  trabajadores o empleados; los acreedores, como proveedores y suministradores; y otros terceros con intereses vulnerados.

Responsabilidad civil por actos en entidades externas, sociedades participadas o filiales.

Responsabilidad civil por prácticas de empleo incorrectas (EPL).

Reclamaciones contra el cónyuge, la pareja de hecho, los herederos, etc…

  • Defensa jurídica: garantiza la defensa del asegurado frente a las reclamaciones que se puedan originar como consecuencia de su actividad laboral, incluyendo los costes y los gastos judiciales y extrajudiciales, así como las fianzas judiciales exigidas al cliente.
    • Gastos de defensa responsabilidad penal de la Sociedad.
    • Fianzas.

GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS

Se incluyen las siguientes:

  • Sanciones Administrativas (que sean asegurables).
  • Gastos de restitución de imagen y Gastos de gerencia de riesgos: gastos de la contratación de una empresa de comunicación y cualquier medida para impedir o mitigar una Reclamación cubierta por la Póliza.
  • Gastos de aval concursal: con motivo de la constitución y mantenimiento de un aval de entidad de crédito en sustitución de un embargo ordenado contra el Asegurado, de conformidad con el Artículo 48.3 de la Ley Concursal (Ley 22/2003, de 9 de Julio).
  • Gastos de Defensa y la acción Social de responsabilidad por una reclamación derivada de un Daño Medioambiental.
  • Disputas Laborales: a se extiende a cubrir las reclamaciones por un acto incorrecto por despido nulo, discriminación en el trabajo, mobbing…
  • Responsabilidad Civil Subsidiaria Tributaria Pérdidas y Gastos de Defensa a satisfacer por las Personas Aseguradas como responsables subsidiarios de la deuda tributaria de la Pyme.
  • Multas y sanciones administrativas Impuestas a las Personas Aseguradas, como consecuencia de cualquier diligencia, investigación oficial o inspección formal, realizada por un organismo público con facultades inspectoras o de control.
  • Administradores retirados (6 años) Periodo informativo efectivo desde la fecha de vencimiento o cancelación del seguro, para atender reclamaciones por actos cometidos con anterioridad a esa fecha, cuando un alto cargo hubiese cesado en sus funciones.
  • Defensa por homicidio imprudente o violación involuntaria de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales Gastos de Defensa de las Personas Aseguradas por reclamaciones en las que se alegue homicidio imprudente o violación involuntaria de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales o legislación similar en cualquier jurisdicción en relación a la actividad mercantil de la Pyme.
  • Gastos de asistencia psicológica
  • Gastos por Extradición: Emergencia y Crisis.

Con este seguro tiene opción de dar respuesta  ante sucesos ocurridos incluso antes de la contratación de la póliza, durante su vigencia, y extendiéndose  la protección para reclamaciones hasta dos años después de su cancelación.

Le ofrece, además, cobertura en cualquier parte del mundo.